Acuerdo de separación PRADO CITY
Por este medio yo (nosotros) _______________________________con cédula de identidad No.______________en lo sucesivo EL (LOS) COMPRADOR(ES), declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información suministrada en este formulario es correcta y válida.
Aceptando y entendiendo el presente acuerdo de reserva es de obligatorio cumplimiento y por otra parte COMILFON, S.A. sociedad inscrita a la ficha 530455, Documento 973763 en adelante se denominará EL VENDEDOR, con domicilio en Ciudad de Panamá, Corregimiento de Paitilla, Calle Darién, Edificio Torre de Las Américas, Torre B, piso 8, ambas denominadas LAS PARTES, acuerdan reservar la vivienda No________, mediante las siguientes cláusulas.
PRIMERA: LAS PARTES, acuerdan que los gastos de confección de minuta, escritura, timbres, inscripción y cualquier otra de indoles legal serán por cuenta de EL (LOS) COMPRADOR (ES), y están sujetos a variación que establezca el mercado.
SEGUNDA: EL COMPRADOR, se compromete a cancelar la suma de B/.50.00 o B/.100.00 en concepto de reservación de la vivienda y gestión de aprobación bancaria, esta suma será cancelada al momento de la firma del presente acuerdo.
TERCERA: LAS PARTES, acuerdan que el pago realizado en concepto de separación de la vivienda, tendrá como concepto el pago de los gastos administrativos, por lo que no formará parte del costo total de la vivienda y no será devuelto si EL (LOS) COMPRADOR(ES) decide retirarse por causas imputables a el.
CUARTA: EL (LOS) COMPRADOR (ES), se compromete a suministrar al EL VENDEDOR en un plazo máximo de diez (10) días la siguiente documentación: copia cédula legible, carta de trabajo indicando nombre completo, salario base, tiempo de laborar, último comprobante de trabajo, última ficha, dichos documentos servirán para la solicitud de aprobación bancaria.
QUINTA: LAS PARTES, acuerdan que la falta de entrega de los documentos mencionados en la cláusula anterior en el tiempo estipulado dará lugar a rescindir automáticamente del presente acuerdo de reserva y retener las sumas pagadas por EL COMPRADOR.
SEXTA: LAS PARTES, acuerdan y comprenden que la aprobación bancaria depende exclusivamente de la calificación bancaria al cliente.